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Ayudas de un máximo de 1.000 € para inversiones en nuevas tecnológicas

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Los solicitantes tendrán de plazo hasta el 18 de junio para presentar las solicitudes. El objetivo de la misma es impulsar el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en el comercio, adaptándose a los cambios en el mercado y a las demandas de los nuevos consumidores

El Ayuntamiento de Lorca ha informado de una serie de ayudas al comercio minorista de proximidad para la realización de inversiones en nuevas tecnologías puesta en marcha por la Comunidad. Esta actuación trata de acercar la oferta comercial a los nuevos demandantes de productos, mediante los nuevos escaparates que ofrecen Internet y las redes sociales, así como incentivar el uso de las nuevas tecnologías.

Se considerarán subvencionables las inversiones para la adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacenaje y automatización de las ventas así como equipos tecnológicos con exclusión de los equipos informáticos; inversiones para la conexión a Internet del establecimiento comercial además de inversiones necesarias para el diseño e implantación de sistemas de portales de venta no presenciales (tiendas online).

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales (último día de plazo 18 de junio). Podrán beneficiarse de las subvenciones las empresas que tengan la consideración de micro empresas, en la categoría PYME, con una plantilla inferior a 10 trabajadores, dedicados al comercio de proximidad (establecimientos que se encuentren ubicados en cascos históricos, centros urbanos y ejes comerciales) al por menor, titulares de un establecimiento comercial, cuya superficie útil no supere los 300 m2, y que el mismo esté localizado en la Región de Murcia. Igualmente, podrán optar a las ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, pero en cualquier caso deberá de nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación. Como condición indispensable no podrán beneficiarse de las subvenciones las empresas en situación de crisis.

La cuantía máxima a conceder será del 50% de cada una de las inversiones, sin que pueda exceder de forma global del límite de 1.000 €, por establecimiento comercial. Así mismo, el solicitante podrá pedir ayuda para varias de las inversiones pero solo tendrá derecho a percibir, en su caso, una única subvención, por importe máximo de 1.000 €.

FuenteFUENTE ENTERATELORCA.COM
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