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Exigen que se inicie expediente de exclusión de Puntas de Calnegre del dominio público marítimo terrestre para salvar al poblado

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El PSOE exige que se inicie expediente de exclusión de Puntas de Calnegre del dominio público marítimo terrestre para salvar al poblado

Exigen que se inicie expediente de exclusión de Puntas de Calnegre del dominio público marítimo terrestre para salvar al poblado.

Tras la negativa del Partido Popular en el Congreso de incluir directamente a Puntas de Calnegre dentro de los «indultos» de la Ley de Costas, el PSOE plantea que el Ayuntamiento de Lorca o la CARM inicien expediente administrativo para lograr la exclusión y que se paralicen las cartas que inician el proceso de concesión.

El portavoz del PSOE, Diego José Mateos, ha afirmado que su partido no se va a conformar con la situación de Puntas de Calnegre, por lo que seguirán buscando soluciones que remedien la situación de «incertidumbre y preocupación» en el que están sumidas las viviendas del poblado.

Mateos reitera que seguirán pidiendo que se incluya a Puntas de Calnegre en la lista de poblados excluidos, del mismo modo que fueron excluidos los otros 12 núcleos costeros que recoge la Ley de Costas de 2013. Para ello, el PSOE volverá a presentar de nuevo la Proposición no de Ley que fue rechazada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso con la abstención de IU-Unidos Podemos.

Junto a lo anterior, desde el PSOE plantearán una nueva vía alternativa y complementaria. Analizando lo fundamentado por el Tribunal Constitucional en su sentencia 57/2016 de 17 de marzo ante el recurso planteado por el gobierno de Canarias contra la Ley de Costas, se observa que el Alto Tribunal establece que la lista de 12 núcleos excluidos es constitucional sólo si esta lista no es excluyente, sino que al contrario, que cualquier otro núcleo o poblado que cumpla los mismos requisitos que los 12 excluidos, como pasa con Puntas de Calnegre, debe tratarse igual y por lo tanto excluirlo del dominio público marítimo terrestre y por tanto «indultarlo».

Tal y como ha puesto de manifiesto Diego José Mateos, la sentencia dice:

Con esta interpretación el precepto impugnado no implica ninguna discriminación entre núcleos costeros. Tanto los doce enunciados en la disposición adicional séptima de la Ley 2/2013 como cualesquiera otros omitidos en ella, radiquen en la Comunidad Autónoma de Canarias o no, podrán, a través de los expedientes administrativos legalmente previstosy que han sido someramente recordados en la interpretación conforme del precepto recurrido que acabamos de extractar,obtener la declaración de que, por las alteraciones sufridas en sus características naturales, no son ya necesarios para la protección o utilización del dominio público y, en consecuencia, la correlativa desafectación.

Por tanto, advierte Mateos, queda «meridianamente claro» que para que la exclusión de los 12 poblados o núcleos que prevé expresamente la Ley de Costas, «se debe permitir la exclusión, previo expediente oportuno, de todos aquellos poblados o núcleos que cumplan los mismos requisitos que los ya indultados». Por ello, recuerda, solicitarán copia de los 12 expedientes para comprobar los requisitos.

Desde el PSOE exigen, por tanto, «igualdad de trato» y «el cumplimiento de las sentencias de Tribunal Constitucional». Así, piden que se inicie, a instancia del Ayuntamiento o de la CARM, «expediente de exclusión del dominio público marítimo terrestre» y su «desafectación posterior» del poblado de Puntas de Calnegre y que se ponga fin a esta situación.

Además, Mateos ha puesto de manifiesto que están llegando cartas a los propietarios para que procedan a tramitar la concesión administrativa de sus viviendas, lo que supone un reconocimiento por parte de los propietarios de que sus viviendas están en domino público, todo lo contrario de lo que se pretende con la desafectación o «indulto». Por lo tanto, solicitan también que se paralice de inmediato el envío y tramitación de estas cartas «que no son otra cosa que intentar consolidar la situación actual».