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Prohíben a un vecino aparcar dos automóviles en una sola plaza

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La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre vecino de Lorca contra el acuerdo de la comunidad de propietarios del edificio en el que reside por el que dejaba de poder aparcar dos coches en la única plaza de aparcamiento de la que disponía. La sentencia señala que desde que se constituyó la comunidad de vecinos, en el año 1978, se toleró que se ocupara, además de la plaza de aparcamiento, las zonas adyacentes, que correspondían a zonas comunes.

La situación cambió en 2005, cuando se decidió la colocación de pivotes cuya instalación no permitía esa utilización, aunque el demandante, «consiguió que no se le ubicara uno en el fondo de su plaza».

Años después, y con ocasión del repintado del suelo del garaje, se delimitaron estrictamente las plazas, de manera que en cada una de ellas solo se podía estacionar un vehículo, produciéndose la situación de que del centenar de vecinos del inmueble, solo el demandante mostró su oposición. Este repintó su zona, para poder volver a ocupar todo el espacio del que había venido disfrutando.

FuenteFuente: EFE/La Opinión de Murcia
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