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TSJ impide el derribo de una vivienda ilegal porque ahora sí obtendría la licencia

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La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que el demandante presentó contra el auto de un Juzgado de lo Contencioso de Murcia que acordó el archivo de las actuaciones.

En su apelación, este vecino insistió en que se debía proceder al derribo de la edificación, además de hacer constar que el ayuntamiento de Lorca había llevado a cabo actuaciones que suponían el incumplimiento de sentencias firmes anteriores.

Al desestimar el recurso, la Sala indica que el consistorio lorquino, por medio de un documento entregado en diciembre de 2013, acreditó que las obras que fueron objeto del expediente ya habían sido demolidas, por ser contrarias al ordenamiento vigente.

Así, se afirmaba que habían sido demolidas una nave-almacén y un porche, mientras que no se había hecho lo mismo con la ampliación de la vivienda y otras dependencias porque se ajustaban a la normativa urbanística aprobada por la Comunidad Autónoma en julio de 2005.

El tribunal comenta que, como indicó el Juzgado de lo Contencioso que primeramente entendió del asunto, “va contra toda lógica destruir algo que, al poco tiempo, se puede volver a construir por solicitar y obtener la correspondiente licencia para ello”.

Y concluye que “si ya no hay vulneración del planeamiento vigente, es ilógico y antieconómico destruir para volver a construir de nuevo lo mismo”.