VECINOS DE CALLE FRANCO SE QUEJAN POR LAS MOLESTIAS QUE OCASIONAN LAS PALOMAS.
La presencia de roedores, palomas, insectos y microorganismos produce cuantiosas pérdidas económicas, favorece la aparición de enfermedades en el hombre y los animales y disminuye la calidad de vida del individuo y/o comunidad afectada.
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Nos hacemos eco de las quejas de varios vecinos de la calle Franco de Lorca, entendemos que haya lorquinos que practican la colombicultura y estamos de acuerdo en que siempre que cumplan con la normativa y ley que regula esta actividad, debe ser permitido su uso, pero la citada norma les obliga a declarar y regular las instalaciones que deberían ser revisadas por los municipios para asegurar el cumplimiento de la norma.
La normativa obliga al Ayuntamiento a tomar medidas en los casos que se produzcan molestias vecinales ocasionadas por la proliferación de estos animales y su cria y uso dentro del casco urbano debe estar regulado y controlado por la concejalía de Sanidad del municipio.
Desde hace meses vecinos de la calle Franco han mostrado su malestar por la proliferación de palomares en las terrazas de algunas viviendas de la calle, donde sus dueños crian y alimentan palomas que ocasionan molestias por los excrementos que producen y que atraen a roedores, pulgas y otros tipos de organismos que pueden producir daños en la salud de las personas.
A pesar de las denuncias al Ayuntamiento, aún no se han tomado las medidas oportunas para exigir a los propietarios de palomares la urgente finalización de su actividad molesta que podría incumplir algunos artículos de la ordenanza municipal, por lo que recordamos a los responsables de la concejalia de Sanidad que deberían personarse en esta zona y otras de la ciudad donde se observan un considerable número de estas aves, para verificar si este uso puede estar incumpliendo la citada normativa e incluso de la Ley 3/2011, y podría merecer una sanción y la finalización inmediata el uso no permitido.
*** Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia.
Esta ley regula la cria y utilización de estos animales y según el Artículo 6. indica que para la tenencia, vuelo, cría, adiestramiento y competición de palomos y palomas de uso deportivo será necesario estar en posesión de licencia municipal y federativa en vigor, expedida por la correspondiente Federación.
Además el Artículo 11. Obligan a la concejalía de Sanidad a realizar el control e inspección según los siguientes puntos:
1. Las consejerías de la Administración Regional competentes en materia de sanidad animal, salud pública y protección de animales, cuando proceda, cada una en el ámbito de sus competencias, arbitrarán las medidas necesarias para el control sanitario e higiénico de palomas y palomares, tanto deportivos como no deportivos.
2. Las corporaciones locales, cada una en su ámbito territorial, realizarán acciones y adoptarán métodos de control, cuando sea preciso, sobre las palomas y demás aves asilvestradas, errantes y sin control en zonas públicas y que supongan un perjuicio para los bienes o las personas.
A tal efecto, las autoridades locales acordarán la prohibición de vuelo para palomas no destinadas a la práctica deportiva durante la celebración de entrenamientos oficiales, concursos y competiciones colombófilos y colombicultores. La vulneración de esta prohibición de vuelo será sancionable de conformidad con la normativa local correspondiente.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-2266
Animamos a los vecinos que se sientan molestos a llamar a la Policia Local para que agentes se personen y levanten un acta para que de esta forma conste oficialmente la queja y se verifique in situ que es real la molestia y que desde el Consistorio puedan actuar de acuerdo a la ley vigente.