El alcalde impulsa una modificación del PGOU para beneficiar a los emprendedores que apuesten por abrir negocios y generar empleo.
Fulgencio Gil: «apostamos por poner el Urbanismo al servicio de las personas, avanzando en una modificación que constituía un reto, y en la que nos hacemos eco de las propuestas de Ceclor, Cámara de Comercio, Hostelor y Guadalentín Emprende».
El Alcalde de Lorca, Fulgencio Gil, junto a la Concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento, María Saturnina Martínez, ha informado que el Ejecutivo Municipal va a proceder a modificar el Plan General para actualizarlo con el objetivo de favorecer la implantación de actividades económicas y negocios. Se trata de una apuesta impulsada por parte de la Alcaldía que se pone en marcha en base a los criterios y demandas que han sido trasladadas por parte de diferentes colectivos profesionales, hosteleros y económicos, entre los que podemos destacar Cámara de Comercio, Ceclor, Hostelor y Guadalentín Emprende.
El Primer Edil ha explicado que se propone modificar diversos aspectos normativos para eliminar imprecisiones y favorecer la implantación de actividades económicas. Se trata de un documento que ha requerido un intenso trabajo adicional para el equipo técnico de la Concejalía de Urbanismo, que contempla la modernización de las condiciones del uso industrial de venta al por menor, tales como las características generales de los aseos, las ventilaciones, las altura mínimas y condiciones de los aparatos de climatización. Como principales avances y modificaciones introducidas podemos anticipar las siguientes:
Flexibilización de las características de los aseos mediante la reducción del número con el que se ha de contar en locales de reducidas dimensiones, lo que facilita la implantación de nuevas actividades. Asimismo se elimina el requisito de disponer de vestíbulo en los aseos, por considerarse un obstáculo especialmente para personas con problemas de movilidad.
Modificación de las condiciones de ventilación y salida de humos, actualizando las exigencias en consonancia con el Código técnico, y permitiendo la posibilidad de evacuar a fachada en caso de imposibilidad técnica o estructural.
Redefinición del uso industrial compatible con el uso residencial, permitiendo actividades industriales de venta al por menor tales como tintorerías, imprentas y panaderías y obradores.
Ampliación de la altura permitida por planta en las edificaciones para adaptarla a los requisitos legales de instalaciones derivadas de la aplicación del Código Técnico de la Edificación.
Aumento del número de plantas permitidas en las instalaciones de manipulación hortofrutícola para facilitar que en la planta alta se disponga el almacenaje necesario para su funcionamiento.
Ampliación de las alturas máximas permitidas por planta para permitir la implantación de todas las instalaciones que requiere la aplicación del código técnico.
Fulgencio Gil ha explicado que, en relación con la regulación de los aparcamientos, se propone permitir implantar aparcamientos en edificio exclusivo y por encima de la planta baja para fomentar e incentivar la dotación de aparcamientos, sobre todo en el centro de la ciudad. Asimismo se establece la posibilidad de reducir la dimensión de la meseta de acceso al aparcamiento, para favorecer su implantación en el edificio.
Otra de las novedades incluidas en esta reforma, que ya ha sido aprobada por parte de la Junta de Gobierno, se refiere a la modificación de diversos artículos relacionados con las normas de urbanización, con el objetivo de obtener una red viaria y espacios públicos más accesibles, continuar suprimiendo de forma paulatina los tendidos aéreos, además de precisar los requerimientos de infraestructuras en las nueva edificaciones para favorecer el soterramiento de redes aéreas.
La Modificación de Plan General propuesta consiste en la actualización de 25 artículos recogidos en el Tomo II de su Normativa, siendo objeto la adaptación a la normativa de vigente aplicación, eliminando contradicciones e indeterminaciones detectadas que, a la vista de 15 años desde su entrada en vigor, se ha constatado que estaban imprecisas o insuficientemente redactadas.
Hemos de señalar, además, que se modifican diversos artículos para adaptar su contenido a nuevas normativas de aplicación tales como el Código Técnico de la Edificación, la Orden VIV 561/2010 de 1 de febrero, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, aprobado por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre y la Ley 13/2015 Ordenación territorial y urbanística de la Región.
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