El Ayuntamiento de Lorca llevará a cabo, a través de Policía Local, una campaña informativa sobre el uso de patinetes eléctricos tras la entrada en vigor de nuevas reglas de circulación
El concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Lorca, José Luis Ruiz Guillén, ha informado, esta mañana, de la entrada en vigor de la modificación del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Conductores.
El concejal de Seguridad Ciudadana ha explicado que «han sido varias estas modificaciones por lo que, para dar conocer toda la información a la ciudadanía, desde Policía Local se va a llevar a cabo la próxima semana una campaña a través de la cual los conductores de vehículos de movilidad personal podrán recibir dicha información, con los cambios introducidos «.
José Luis Ruiz Guillén ha detallado que «desde este pasado sábado, 2 de enero, se encuentran en vigor dichas modificaciones en materia de tráfico que, entre otros, regula la circulación de los patinetes eléctricos (vehículos de movilidad personal «VMP»), que se define como aquellos de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima entre los 6 y los 25 km/h».
Ruiz Guillén ha señalado que «según esta nueva normativa, estos vehículos deberán disponer para su circulación de un certificado de circulación acreditado por la Dirección General de Tráfico (pendiente de publicación en el BOE, y su vigencia será a los 24 meses desde su publicación). También se prohíbe su circulación por las aceras y zonas peatonales».
El responsable municipal de Seguridad Ciudadana ha añadido que «los patinetes eléctricos deberán respetar todas las normas de circulación como cualquier vehículo, no pudiendo circular por vías interurbanas, travesías, autovías y autopistas que transcurran dentro de poblado, ni por túneles urbanos».
En este sentido, el concejal de Seguridad Ciudadana ha concretado que «en la actualidad, desde el Consistorio lorquino tenemos previsto iniciar el estudio para la elaboración de una ordenanza municipal de movilidad que recogerá todos estos elementos de protección. Una futura ordenanza municipal de movilidad que también incluirá todos los supuestos de paradas y estacionamientos de los vehículos de movilidad personal».
José Luis Ruiz Guillén ha insistido en que «estamos trabajando en la elaboración de esta nueva ordenanza de movilidad, en la que se recogerá los elementos de protección que serán obligatorios en la conducción de los patinetes eléctricos, así como en otras materias relacionadas con la circulación de vehículos por el casco urbano de Lorca».
En cuanto a los comportamientos sancionables, el concejal ha concretado que «en el caso de conducir bajo los efectos de alcohol y drogas, serán sancionados con la misma cuantía que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 a 1.000€), y por presencia de drogas en el organismo (1.000€). Sobre el uso de teléfono móvil queda prohibido su uso, así como de cualquier otro sistema de comunicación. De hacerlo la sanción sería de 200€.
También se prohíbe la utilización de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, lo que conllevaría una sanción de 200€. Y en cuanto al uso de casco o de otros elementos de protección, serán las ordenanzas municipales las que regularán estos elementos de protección.
Se prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras, la sanción sería de 200€; cuando las infracciones sean cometidas por menores de 18 años, los padres o tutores responderán de la infracción cometida por el menor. Se considerará conducción negligente cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas reflectantes, en este caso la sanción también ascendería a 200€. La circulación de dos personas en un vehículo de movilidad personal se sancionará con 100€.
José Luis Ruiz Guillén ha especificado que «también se producirán cambios en los límites de velocidad para los vehículos en general, cuya vigencia entrará el próximo 11 de mayo de 2021. Entre las principales novedades se encuentra la supresión de la posibilidad de rebasar en 20 km/h la velocidad máxima para adelantar en carreteras convencionales. Reduciéndose los límites de velocidad en vías urbanas: en vías de plataforma única de calzada y acera a 20 km/h; en las de un solo carril por sentido de circulación a 30 km/h; y en las de dos o más carriles por sentido de circulación a 50 km/h. Velocidades que podrán ser rebajadas previa señalización específica, por la Autoridad Municipal. Igualmente, y de manera excepcional, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta la velocidad máxima de 50 km/h., previa señalización especifica.