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El Ayuntamiento y los lorquinos se libran de una multa por los neumáticos arrojados en una rambla.

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El Ayuntamiento y los lorquinos se libran de una multa por los neumáticos arrojados en una rambla.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha anulado la multa de 600 euros que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) impuso en 2016 al Ayuntamiento de Lorca al considerarlo responsable de un depósito de neumáticos existente en la zona de servidumbre de la rambla del Estrecho, en su término municipal. La sentencia señala que la resolución del órgano de cuenca no estuvo ajustada a derecho al no haberse probado que fuese culpable de la comisión de la falta por la que fue sancionado.

«Es evidente -dice la Sala- que el Ayuntamiento no era consciente de tener la obligación de limpiar él la rambla a su paso por todo el término municipal, ni tampoco de vigilar que terceras personas no la ensuciaran con escombros, o en este caso, con neumáticos».