Rechazado el recurso de un hombre que declaró, 8 años después, que le habían sacado dinero del banco.
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre que aseguró, ocho años después, que personas desconocidas habían utilizado sin su permiso la cuenta que tenía en una caja de ahorros para extraer un total cercana a los diez mil euros.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma la que un Juzgado de Primera Instancia de Lorca (Murcia) dictó en febrero de 2014, por la que quedó desestimada la demanda que había entablado contra le entidad de ahorro.
El tribunal, que tiene como ponente al magistrado Juan Antonio Jover, señala que el contenido de la demanda no ha quedado probado durante la instrucción del caso.
Así mismo comenta que en el momento en que ocurrieron los presuntos hechos, al frente de la oficina bancaria se encontraba un primo hermano suyo que, precisamente, no fue propuesto como testigo por aquel.
“Todo ello -dice la Audiencia- permite deducir que, en el supuesto de que el apelante no hubiera sido quien firmó los documentos relativos a disposiciones de dinero, sí era, al menor, conocedor y consentidor de tales operaciones”.
Y concluye que “de la valoración conjunta de la prueba se desprende que conoció y consintió los movimientos contables, que, en algún caso, ocho años después, pretende anular”.
Fuente: EFE