Rechazan el recurso de tres heridos en un accidente de tráfico al no poder identificar al acusado.
La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por tres personas que aseguraron haber resultado heridos en un accidente de tráfico provocado por el conductor de un coche que se dio a la fuga contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Lorca que rechazó su demanda.
La sentencia confirma así la dictada por el Juzgado lorquino, que absolvió a la compañía aseguradora del coche que, según los demandantes, había colisionado con su vehículo y del que facilitaron su matrícula. En concreto, y aunque sobre los mismos existen algunas dudas, la sala dice que podría darse por probada la existencia del accidente y, también, de las lesiones sufridas por los demandantes. Pero añade que no se ha demostrado que el coche al que apuntaron como causante del choque fuese realmente el asegurado por la compañía al que exigieron la indemnización. Y añade que las afirmaciones de los demandantes son subjetivas y pueden ser ciertas y no, pero son insuficientes para justificar la participación de este concreto automóvil en los hechos.
«Ninguna actividad probatoria se ha desplegado a los efectos de identificar al propietario y traerlo al juicio –dice el tribunal–, aunque fuese por medio de una prueba testifical, por ninguna de las dos partes».
Lo que sí ha estimado el recurso es la supresión de la condena en costas acordada por el Juzgado de Lorca, dadas las dudas que el caso presenta. Y, en concreto, señala que esas dudas surgen también porque la compañía aseguradora, aunque admitió que tenía asegurado un coche de la misma marca y con la matrícula facilitada por los demandantes, sin embargo se negó a facilitar el nombre de su asegurado y su dirección.