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Afectados por los cebaderos creen que alejarlos sólo 15 metros «es insuficiente»

La plataforma transmite a la comisión especial que se ocupa de este problema que la distancia ha de ser mayor

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Afectados por los cebaderos creen que alejarlos sólo 15 metros «es insuficiente».

La Plataforma ‘Stop Cebaderos junto a viviendas’ «ha presentado formalmente un documento con sus aportaciones para que sean estudiadas por la comisión especial que trata la armonización de los usos residenciales y ganaderos del suelo en el término municipal de Lorca», informaron desde este colectivo en una nota.

En concreto, los afectados detallaron que «respecto a las prescripciones técnicas propuestas por la concejalía de Urbanismo, la plataforma asume todas las medidas correctoras que contribuyan a paliar los efectos perniciosos causados sobre el Medio Ambiente por las explotaciones de porcino. También suscribe mantener el improrrogable plazo de 15 años fijado en el proceso de legalización de granjas porcinas, para su desmantelamiento al acabar este periodo transitorio».

Asimismo, «acepta la elaboración de una ordenanza del sector que recoja las condiciones y requisitos exigibles a explotaciones existentes que generan malestar por malos olores, siempre y cuando respete los derechos constituciones a la protección de la salud (art. 43 CE) y a un medio ambiente adecuado (art. 45 CE), ya que en ambos subyace el derecho de los ciudadanos a gozar de una calidad de vida que sea coherente con la dignidad de la persona, derecho fundamental reconocido en el artículo 10 de la Carta Magna».

La plataforma, sin embargo, se manifiesta en contra del aumento de la distancia, de 5 a 15 metros, entre los límites de edificaciones y balsas de purines con las parcelas de uso residencial, que considera «manifiestamente insuficiente», según la portavoz de este colectivo, Concepción Bravo. En este sentido, subraya que esta medida «no resuelve el problema» y contraviene el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (‘Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia’) que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reconoce en su sentencia de 9 de diciembre de 1994, y que sienta precedentes en materia medioambiental.

De esta manera, Bravo recordó al Ayuntamiento «su obligación de proteger a los individuos cuando éstos se ven afectados en sus derechos», indica la nota.