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Pedro Antonio Sánchez: «Tengo absoluta confianza en que la Justicia lo aclare todo»

El presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, comparece en el juzgado de Lorca para que le sea trasladado el contenido de la querella del 'caso Auditorio'

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El presidente de la Región de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, compareció este miércoles en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Lorca que le dio traslado de la querella por el ‘caso Auditorio’, sobre presuntas irregularidades en la construcción y entrega de esta infraestructura de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde del municipio.

La comparecencia de Pedro Antonio Sánchez levantó una gran expectación en el juzgado y varios medios de comunicación siguieron el caso desde la sede. El presidente llegó sobre las 9.35 horas y abandonó las dependencias judiciales minutos antes de las diez de la mañana. Al salir, Sánchez aseguró que «tiene absoluta confianza en que la Justicia lo aclare todo y lo haga cuanto antes». El presidente recordó que la denuncia parte del PSOE de Puerto Lumbreras y que las 15 querellas anteriores fueron archivadas.

Estaba previsto que acudiera este martes, pero se retrasó porque Sánchez comunicó que no podía comparecer en esta fecha, según explicaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Actualmente, Sánchez es diputado regional, por lo que tiene la condición de aforado y la magistrada del Juzgado lorquino no podría imputarle, sino que deberá remitir el caso al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia si aprecia indicios de delito.

La juez que instruye el caso ya comunicó, entre el lunes y el martes, el contenido de la querella al resto de los imputados en el ‘caso Auditorio’, entre ellos un concejal del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras y a varios funcionarios de ese consistorio.

Traslado a Lorca

La sala de admisión del TSJ de Murcia ya admitió el pasado mes de marzo su competencia para el conocimiento de la querella, dada la condición de aforado del entonces consejero de Educación, Cultura y Universidades, pero la remitió al partido judicial de Lorca dado que resultaba «inviable», por el momento, «la individualización inequívoca y relevante de dichos hechos contra la única persona aforada que justificaría la atribución de competencia de esta Sala».

Por ello, sostenía que los hechos contenidos en la querella, por su relevancia penal, «deberán ser investigados por el órgano judicial predeterminado por la ley».

Paralelamente, la sala declaró su falta de competencia respecto a los hechos imputados en la querella a las personas no aforadas, que ascendían a 12 personas, en concreto los miembros de la Junta de Gobierno local de Puerto Lumbreras que participaron en la aprobación del proyecto de ejecución y adjudicación de la obra, además de «aquellos otros que en el curso de la instrucción, por producirse indicios bastantes de criminalidad, puedan ser querellados por su relación con estos hechos».

La Sala entendió que el Juzgado ordinario de Lorca, ante la pluralidad de personas que no estaban aforadas y la falta de elementos para individualizar la conducta delictiva, debía ser el que concrete los extremos a los que se refiere la querella del fiscal e investigue, de forma exhaustiva, los hechos.

Por ello, determinó que corresponde al Juzgado de Instrucción de Lorca «con la libertad de criterio que constitucionalmente le es propia, asumirla para su investigación, y en el curso de la misma, si procediera en cuanto a competencia y fondo, deberá concretar e individualizar los hechos y conductas con relevancia penal que se refieran al aforado», Pedro Antonio Sánchez López y, en su caso, procederá a la elevación a esta Sala de una Exposición Razonada para examen por la misma.

La Sala del TSJ explicaba que, en el caso de que el Juzgado de Lorca encuentre indicios suficientes que afectasen a Sánchez en su condición de aforado, el magistrado entonces deberá detener su investigación y elevar las actuaciones a la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ para que sea ésta quien tome las medidas que correspondan.

La decisión fue adoptada por mayoría y se formuló un voto particular por parte del magistrado Manuel Abadía, en el que discrepaba con la Sala, al considerar que ante una querella interpuesta por el Fiscal directamente ante el Tribunal, y con indicios «concretos, detallados e individualizados» respecto al aforado, «deviene inexcusable la competencia de esta Sala para conocer de las actuaciones atribuidas al aforado, por lo que razonaremos a continuación».

Hechos investigados

En concreto, el escrito de la querella contra Sánchez hace mención a un delito continuado de prevaricación en su etapa como alcalde de Puerto Lumbreras, malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial en lo relativo al proyecto del auditorio de Puerto Lumbreras.

La querella del fiscal hace referencia a «indudables indicios o evidencias delictivas, el encargo al arquitecto de la redacción de un anteproyecto para la construcción del auditorio, la apariencia de legalidad del concurso convocado, la manipulación en la fijación del precio y otros extremos».

Y se advierte de la participación «decisiva» en esa «ilícita» actividad de Sánchez, ya que en aquellos momentos era alcalde e impulsó desde su cargo la supuesta comisión de estos delitos.