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Condenan a un banco y a dos empresas por incluir indebidamente a una pareja en el registro de morosos

Deberán pagar un total de 20.000 euros por intromisión en su derecho al honor y cancelar las inscripciones

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Condenan a un banco y a dos empresas por incluir indebidamente a una pareja en el registro de morosos.

Un banco y otras dos empresas han sido condenados por la Audiencia Provincial de Murcia a pagar un total de 20.000 euros a una pareja por intromisión ilegítima en su derecho al honor al incluirla en un fichero de morosos de forma indebida.

La sentencia revoca la dictada por el juzgado de primera instancia número 13 de Murcia en abril de 2018, que condenó solo a la entidad bancaria, el BBVA, a pagar 6.000 euros a cada demandante.

Esa primera sentencia declaró que el banco había cometido una intromisión ilegítima en el honor de los ahora recurrentes, al tiempo que requirió a las otras dos empresas, Equifax Ibérica y Experian Bureau de Crédito, a practicar la cancelación de las inscripciones indebidas.

Igualmente, acordaba la absolución de estas dos, que también habían sido demandadas para que afrontaran su responsabilidad indemnizatoria por los daños y perjuicios sufridos..

La Audiencia, con ponencia de su presidente, el magistrado Miguel Ángel Larrosa, ha condenado a las tres sociedades demandadas, que deberán pagar de formar solidaria 10.000 euros a cada uno de los apelantes.

A esa suma habrá que añadir los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda.

Por otro lado, el tribunal ha requerido a las dos últimas empresas a cancelar las inscripciones.