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“LA CALLE ES MIA” por Antonio de Cayetano

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“LA CALLE ES MIA” por Antonio de Cayetano.

Esta célebre frase pronunciada por Manuel Fraga en 1976 cuando era ministro de la Gobernación, afirmando que la calle no pertenecía al pueblo sino a él, como ministro del gobierno que era, e imposibilitando que se llevasen a cabo las primeras manifestaciones del 1º de mayo tras la muerte de Franco, nos viene como anillo al dedo para titular el tema de hoy, que no es otro que la desmesurada carrera por parte de los hosteleros para apoderarse de la vía pública, instalando sobre las aceras y otras zonas comunes la prolongación de sus negocios privados, cuando la ocupación de estos espacios no debería de ser privilegio de nadie.

Por nuestro clima, por nuestra forma de ser, a todos nos gusta disfrutar de las terrazas de los bares, cafés o heladerías. También nos agrada que las calles y plazas sean lugares llenos de vida, que sirvan para el ocio y el gozo de lorquinos y visitantes. Pero no que se nos limite el acceso libre a un bien que es de todos, mientras se favorece la ocupación lucrativa del mismo, porque eso es lo que está pasando, que poco a poco las terrazas se están comiendo nuestro espacio público. Nos lamentamos de que nuestros hijos o nietos se pasen el día dentro de casa, pegados a la pantalla de la televisión o los videojuegos, pero sin embargo, vemos bien que se les impida que jueguen al balón en la plaza, tal como de pequeños hemos hecho nosotros. Ahora los niños molestan con sus juegos, ya no hay sitio para ellos, pero mientras tanto, va en aumento la instalación de terrazas en la calle, habiendo ciudades donde han crecido las licencias hasta en un 250% en los últimos años, beneficiando al sector de la hostelería por un lado y a los propios ayuntamientos por otro, que han visto también en esto una fuente de ingresos, un negocio al alza.

Es lamentable que ahora más que nunca, se limite el uso común en beneficio de la actividad privada de unos pocos, utilizándose inadecuadamente las zonas públicas, sobresaturándolas y dificultando incluso el tránsito de peatones. El 15 de febrero de 2015, entro en vigor la ordenanza municipal referida a la ocupación de espacios de uso público con terrazas y otras instalaciones, ordenanza que había sido definitivamente aprobada, en la sesión que el Ayuntamiento Pleno celebró el día 26 de enero de aquel año. Pero a pesar de haber trascurrido ya más de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, la ordenanza ni se cumple ni se hace cumplir, y eso a pesar de que según se desprende de la lectura de la misma, la ordenanza está hecha más para satisfacer los intereses de los hosteleros que la del resto de ciudadanos.

De que nos vale suprimir aparcamientos en pro de mayor espacio peatonal, si luego este espacio es ocupado por veladores y terrazas, que aparte de no seguir criterios estéticos, incumplen las ordenanzas sistemáticamente, porque no es de recibo que en las imágenes que muestro como ejemplo, se esté incumpliendo por parte de los hosteleros y del propio AyuntaMIENTO la normativa que el mismo ha promulgado. Pues en el artículo 17 de la citada ordenanza referido a las zonas de ocupación, se dice muy claro en el apartado 8, que “La ocupación máxima de la terraza en calles de tránsito rodado no podrá sobrepasar, en sentido transversal, el 50% de la anchura de la acera o espacio peatonal sobre el que se ubique. En cualquier caso siempre se deberá dejar un espacio libre de acera de más de 1,8 metros como criterio general y en ningún caso menos de 1,5 metros. El itinerario peatonal deberá dejarse libre preferentemente junto a la línea de la fachada”

Creo que no hace falta echar mano del metro, para ver que la ocupación del espacio público sobrepasa con creces la anchura permitida, aparte de no dejar en uno de los casos, el mínimo exigido de 1,5 metros de paso libre de acera, tal como se contempla también en el artículo citado y más teniendo en cuenta que en ese lugar, se encuentra situada una farola que dificulta el paso de los cochecitos de bebe de doble plaza. También el articulo 17 pero en su apartado 9, indica que las terrazas deben de situarse a más de 2 metros de un paso de peatones y a más de 0,50 de los bordillos de las aceras en calles de tráfico rodado, cosa que tampoco se cumple por algunas de ellas, sobretodo en la situada en la esquina de la calle Pérez Casas con la plaza de San José, donde sus componentes se llegan a meter incluso en la línea del paso de patones. Lo mismo pasa con la que hay en la esquina de Corredera con cuesta de San Francisco, que a veces hay que bajarse a la calzada para poder esquivar las mesas.

Menos aún se cumple ni se hace cumplir el artículo 11 apartado 5, en el que entre otras cosas se prohíbe la instalación de reproductores de imagen y sonido en las terrazas, observándose grandes aparatos de televisión en muchas de ellas. Igualmente también se vulnera por parte del titular del establecimiento, la obligación que tiene de retirar cada noche de la vía pública las mesas, sillas, sombrillas u otros elementos, material que según recoge la ordenanza en su artículo 14 apartado 3, no podrá permanecer en el espacio público una vez cerrado el local. En cuanto a la hora de cierre de las terrazas, se establecen unos horarios que tampoco son cumplidos por la mayoría, siendo estos horarios para otoño e invierno desde las 9,00 h. hasta las 00,00 h. de la noche, excepto viernes y vísperas de festivo que se amplía en media hora más, mientras que para primavera y verano el horario fijado se alarga hasta las 0,30 h. excepto viernes y vísperas de festivo que se amplía hasta las 1,00 de la madrugada.

No entro a juzgar si los horarios establecidos son o no los adecuados, ya que la actividad hostelera debe de ser compatible con el descanso del vecindario, pero lo que sí está claro es que el horario fijado por la ordenanza es incumplido por los hosteleros. En la ordenanza se obliga a que se exponga y que sea visible desde el exterior del establecimiento el documento acreditativo de la autorización de la terraza, así como el plano de superficie, (cosa que no se cumple) pero también el horario es importante y este debería de contemplarse en el citado cartel. Otra cosa que se echa en falta en esta ordenanza es la regulación en la uniformidad de sombrillas, toldos y veladores, se prohíbe la publicidad sobre los mismos, excepto el nombre o logotipo del establecimiento (cosa que tampoco se cumple, pues son frecuentes las sombrillas con las marcas de cervezas), pero sin embargo no se dice nada sobre el color de los toldos y veladores, cuando esto sí que es importante para unificar la estética, debiendo de ser las tonalidades iguales para todos y que vallan en consonancia con el entorno donde se ubican.

En la ciudad de Murcia sí que todos los veladores siguen un mismo patrón, siendo de la misma forma y color los situados en distintas plazas, pero en Lorca pasamos de la uniformidad, dejándolo todo a la voluntad de los hosteleros. De los tres veladores que hay en la plaza de España, uno es rojo, otro beige y el tercero marrón, igual sucede en el resto de plazas y calles de la ciudad, que cada establecimiento ha elegido el color que ha creído conveniente al no estar este contemplado en la ordenanza, teniendo como resultado el enmarañado de formas y colores que todos los días contemplamos por las diferentes plazas lorquinas. Lo que sí que se ha tenido en cuenta es el material de las mesas y sillas en el casco histórico, ya que el artículo 22 prohíbe que estas sean de plástico (PVC o similares) cosa que tampoco se cumple, pues algún establecimiento sigue con sus sillas de plástico rojo, aparte de no retirarlas cuando se cierra el local.

No estoy en contra de las terrazas, sino todo lo contrario, pero todo dentro de un orden, en perfecta armonía entre los intereses de los ciudadanos y los de los hosteleros, y sobre todo acatando las normas que regulan esta actividad, pues para eso se han decretado. En esto, como en tantas otras cosas, nuestro AyuntaMIENTO también se ha dormido, cuando debe de saber que cuando se dicta una norma es para hacerla cumplir, e incumplir este deber, puede ser objeto de denuncia por prevaricación de los poderes públicos, así que toca despertar y actuar ya con todas las consecuencias. El sol sale para todo el mundo, y solo uno sabe el esfuerzo que conlleva abrir la puerta de su negocio cada día, las horas que se le echan y el tiempo que se le quita a la familia, pero, eso no quita para que todos juguemos con las mismas reglas, porque una cosa es que unos sean muy buenos en su trabajo, unos linces diría yo, y otra unos privilegiados que aprovechándose de las circunstancias, la avaricia los lleve a la ocupación masiva del espacio público y lucrándose con un bien que nos pertenece a todos, y eso es lo que no podemos consentir los ciudadanos.

Los hosteleros podrán decir que pagan sus tasas, que tienen sus derechos, pero no hay que olvidar que las autorizaciones son de carácter anual (año natural), por lo que al renovarlas deben de adaptarse a la nueva normativa. Tampoco las tasas son de una cantidad importante, teniendo en cuenta el tipo de negocio y la superficie extra que se le añade a su establecimiento. La tarifa que se aplica durante el presente ejercicio en Lorca es de 4,85 € por metro cuadrado de superficie y mes, por lo que si por cada mesa y cuatro sillas es de aplicación un modulo de 3 metros cuadrados, el importe que se paga como tasa por todo un año de ocupación de la vía pública es de 174,60 € x mesa, cantidad a la que abría que añadir un 20 o 50% más en caso de colocar sombrillas y toldos o cierres verticales. Teniendo en cuenta que la superficie de fuera puede ser hasta un 50% más que la del propio establecimiento (cosa que se sobrepasa también), creo que la tasa es muy ventajosa para los hosteleros, pues solo con examinar los precios de alquiler de los mismos locales donde están ubicados, se ve que el importe que se lleva el municipio es irrisorio en comparación con el beneficio que obtienen, y siempre les compensará con creces tener una terraza donde se dobla o triplica la capacidad del local y por consiguiente también la caja del día.

El ayuntamiento de Barcelona estudió en 2012, la posibilidad de que todo aquel establecimiento que hiciese uso de la vía pública con sus terrazas, a cambio tendría que dejar que sus servicios fuesen utilizados por el público de la calle sin tener que hacer consumición alguna. Los hosteleros al principio pusieron el grito en el cielo, pero al final dijeron que si con la condición de que se alargara su hora de cierre, cosa que al final no prosperó. Y la verdad es que no era mala la iniciativa del ayuntamiento de la Ciudad Condal, el bar hace uso del espacio público de la calle y el público de la calle hace uso del servicio del bar, siempre como es lógico con el debido respeto y con la debida compostura, una contrapartida que agradecería el ciudadano, porque no siempre necesitamos tomar algo y más cuando nos dan esos apretones imprevistos.

También el ayuntamiento de Zaragoza firmó un acuerdo con la Asociación de Cafés y Bares para que se les permitiera la entrada gratuita a los servicios a todos los ciudadanos, a cambio creo, de compensar a los establecimientos con una bonificación en el recibo del agua, ya que los servicios son de uso público, pero solo para clientes, por lo que si no hay consumición puede que te encuentres con el no. Algo así se tendría que haber hecho en nuestra ciudad, que no todo sean ventajas para los hosteleros, que el ciudadano, el verdadero dueño de la calle tenga también su compensación por la ocupación del espacio público, pero como decía al principio, la ordenanza está pensada para favorecer al hostelero más que al conjunto de la ciudadanía.

Porque de otra forma no se entiende que en el artículo 11 apartado 1, se prohíba la instalación de terrazas en calzadas de tráfico rodado y en zonas de aparcamiento, y que el 21 apartado 10, si autorice poner una tarima sobre la calzada para la instalación de las terrazas, situación que ya se daba en las situadas en la calle Padre Isidro de la Virgen de las Huertas y en otros lugares de la población, aunque las “autorizadas” terrazas siguen sin cumplir la ordenanza, pues esta obliga a poner elementos captafaros en las esquinas y las mismas carecen del mencionado dispositivo de seguridad, cuando alguna de estas terrazas, como es la ubicada en la calle Santa Quiteria, está literalmente metida en la calzada por donde circulan los vehículos, tal como se muestra en una de las imágenes que acompaño. Terraza cuyo perímetro tendría que haber sido ya desmontado al permanecer cerrado el bar de quien depende, aparte también de carecer de la oportuna tarima que obliga el artículo 21 apartado 10. Pero que no es la única que incumple este artículo, pues igual sucede con otras terrazas situadas en distintos puntos de la ciudad, como es el caso de la que se encuentra precisamente junto a la sede de Urbanismo y que ocupa parte del aparcamiento reservado para los residentes de aquella zona.

Pero no pasa nada, porque para estas situaciones o cualquier otra, está el artículo 23 que nos dice que “Con independencia de lo dispuesto, se podrán autorizar terrazas que no se ajusten en su totalidad a las condiciones establecidas…) Por lo que para hacer este viaje no se necesitaban alforjas, si todo sigue igual como estaba y las autorizaciones no se ajustan a lo dispuesto, pues ya están sobrando las 26 páginas de esta ordenanza. Una ordenanza que lo mismo que la de protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales aprobada en 2010, parece que está hecha solo en plan escaparate, más para exhibirla que para hacerla cumplir.

Pero lo más grave es, que en la mayoría de las terrazas con veladores se incumple la Ley antitabaco, precisamente la ley que ha dado lugar a la proliferación de las mismas. Porque la ley dice muy claro en su artículo 2 apartado 2, que “A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o parámetros.” Así que, si en las “terrazas” cerradas con tres o cuatro veladores está prohibido fumar por no considerarse un espacio al aire libre, estas no se deberían de autorizar, ya que solo son escusa para sacar el “chiringuito” a la calle, para la privatización del suelo público.

Tenemos que decir basta ya a la invasión de estos pegotes que han cambiado el paisaje urbano y que de forma descarada se aprovechan de un espacio que es de todos, por suerte, ya varios ayuntamientos se están dando cuenta del caos y ciudades como Alicante, Málaga, Salamanca, Sevilla o Valladolid, están eliminado las terrazas y veladores de muchas de sus calles y plazas, esperemos que el ejemplo cunda y no que cualquier sitio sea válido para colocar una terraza.